DIVORCIO. COMPENSACIÓN DEL TRABAJO EN EL HOGAR

Se reconoce una compensación millonaria a una esposa por su dedicación durante el matrimonio a las tareas del hogar ejecutadas por el servicio doméstico

DIVORCIO. COMPENSACIÓN DEL TRABAJO EN EL HOGAR

El Tribunal Supremo ha reconocido en un proceso de divorcio de un matrimonio de alta capacidad económica una compensación de 840.000 euros a favor de la esposa a cargo del marido, como compensación por su dedicación al trabajo para la casa durante los diez años que duró el matrimonio.

Se trata de una compensación reconocida en la ley para los matrimonios casados en régimen de separación de bienes, como es el caso, con la que se compensa en el divorcio al cónyuge que durante el matrimonio se ha dedicado de forma exclusiva a las tareas propias del hogar.

La peculiaridad del presente supuesto es que la mujer se dedicó durante su matrimonio, tras dejar su actividad profesional, en efecto, a las tareas para la casa; si bien en un papel de coordinación y organización, puesto que las actividades del hogar familiar eran ejecutadas por el personal doméstico a su servicio (jardinería, mantenimiento, limpieza, cocina, etc.). También es de destacar que es el esposo quien goza de una capacidad económica verdaderamente alta, con una diferencia abismal respecto de la esposa.

No obstante, esta cantidad es sensiblemente inferior a la que le había sido reconocida por la Audiencia Provincial en la instancia anterior y que motivó que el marido recurriera ante el Tribunal Supremo, que ascendía hasta los 6.000.000 de euros.

El Tribunal Supremo se ha mostrado conforme con el reconocimiento de la compensación, pero ha entendido desorbitada la cifra fijada en 6.000.000 de euros, puesto que es una cantidad muy por encima de la que habría alcanzado la esposa si hubiera seguido ejerciendo su actividad profesional durante el matrimonio. Además se debe tener en cuenta que la unión conyugal ha permitido a la esposa disfrutar de un extraordinario nivel de vida y le ha valido el reconocimiento de una importante pensión compensatoria de 75.000 euros al mes durante cinco años. Consta además haber recibido del esposo antes de la quiebra matrimonial importantes donaciones de hasta 3.000.000 de euros.

El Tribunal Supremo fija la cuantía de 840.000 teniendo en cuenta estas circunstancias y valorando el trabajo de coordinación del personal doméstico prestado por la esposa demandante durante diez años de matrimonio a razón de unos 7.000 euros netos al mes.

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